Casación No. 40-2010

Sentencia del 31/07/2014

"... El propósito de la casación es conocer y decidir sobre el fondo del litigio, cuando lo que se denuncia son vicios in iudicando o conocer y resolver errores en el procedimiento que condujeron al tribunal a dictar una sentencia o auto que adolezca de nulidad por vicios in procedendo.
La garantía del debido proceso implica la posibilidad de impugnar las resoluciones judiciales por los medios establecidos en la ley; para tal efecto, nuestro ordenamiento jurídico contempla para cada caso el recurso idóneo, para hacer efectiva dicha garantía.
En el presente caso se advierte que contra el auto originario de la Sala, el demandante no utilizó el mecanismo legal idóneo para impugnar el mismo, como lo establece el artículo 600 del Código Procesal Civil y Mercantil..."